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Las reglas que debes cumplir si conduces un patinete eléctrico

En las principales ciudades españolas el patinete eléctrico se ha convertido en un modo de transporte hasta el punto de que las normativas han tenido que ser actualizadas, y en Talleres Bonachera os contamos los detalles.

 

Una opción ágil, evita atascos, no conlleva esfuerzo físico y es fácil de llevar además de acceder a zonas restringidas a la circulación. El patinete eléctrico es un medio de movilidad económico y tras el Real Decreto 970/2020, debes tener en cuenta que:

Está prohibido circular con patinetes en aceras, zonas peatonales, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
Estos vehículos de movilidad personal tendrán un certificado de circulación disponible en código QR que acreditará que el patinete eléctrico cumple con los requisitos mínimos. 
La velocidad está entre los 6 y los 25 km/h. Si superan esta velocidad, se les considerará como vehículos a motor y deberán cumplir las normas que les correspondan.
De momento, no se contempla de forma obligatoria el uso del casco, la matriculación o la edad mínima para su uso. Tampoco que tengan un seguro de responsabilidad civil, aunque algunos ayuntamientos como Palencia, Pozuelo de Alarcón, Benidorm y Mahón sí que han exigido que los usuarios lo tengan.

Cada municipio tiene sus propias ordenanzas que todo usuario debe cumplir a partir de las bases del RD 970/2020. Madrid, Barcelona y Valencia son las ciudades españolas donde más se utiliza el patinete eléctrico. Otros comportamientos sancionables:

Conducir el patinete bajo los efectos del alcohol o de las drogas: la sanción será entre 500 y 1000 € en función de la tasa de alcohol, o de 1000 € en caso de drogas. Además, en caso positivo, el vehículo quedará inmovilizado.
Usar el teléfono móvil mientras se conduce un patinete eléctrico conlleva una sanción de 200 €.
Uso de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido y la sanción es de 200 €.
Circular más de una persona encima del patinete tiene una sanción de 100 €.
Conducción nocturna sin alumbrado, ni prendas o elementos reflectantes tiene una sanción de 200 €.
Si cualquiera de estas infracciones la cometiera un menor de 18 años, serán los padres o tutores los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
En los casos de que el patinete hubiera sido manipulado para alterar la velocidad o las características técnicas la sanción será de 500 €.

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