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¿Qué enfermedades no te permiten renovar tu licencia de conducir?

En Automoción Toledo os queremos hablar de algunas enfermedades que pueden ser causante para que la Dirección General de Tráfico no te permita renovar la licencia de conducir, ya que compromete la seguridad del conductor si sufre alguna  de  ellas como para el resto de usuarios en la carretera.

Esta es la lista con las enfermedades que al momento de renovar la licencia tendrás que presentar un informe médico favorable:

  • No presentar enfermedades cardíacas como arritmia, tener un marcapasos, si has necesitado un desfibrilador automático o tienes una prótesis cardíaca. En el último caso debes esperar un periodo de tres meses después de la operación para renovar el carnet y te lo revisarán cada tres meses.
  • Las enfermedades psiquiátricas como demencia, amnesia o delirio. La duración de la validez del carnet de conducir en estos casos variará dependiendo de la enfermedad que tengas y el periodo de vigencia máxima es de un año.
  • Si sufres de enfermedades neurológicas como epilepsia, crisis nerviosas o  pérdida de conciencia. En el caso de haber sufrido solo un episodio podrás volver a conducir y en el caso de personas que han sufrido más de un episodio pero no los han experimentado en un año tendrán una vigencia de renovación de uno a dos años. En casos de crisis o pérdida de conciencia la DGT no renovará el carnet.
  • Las enfermedades digestivas o de riñón como diabetes, tratamiento de diálisis, trasplante de riñón. En estos últimos casos necesitarás el informe médico favorable.
  • Enfermedades respiratorias como apnea del sueño o dificultades respiratorias en reposo o con poco esfuerzo. Con el informe médico favorable tendrás una vigencia de tres años máximo en el caso de apnea. Por el contrario, en el segundo caso no podrás renovar tu carnet.
  • En el caso de enfermedades oncológicas como el cáncer, un informe médico favorable permitirá renovar el carnet durante un año. Si no hay evidencia de la enfermedad el periodo se aumenta a cinco años. Para las enfermedades como la leucemia o el linfoma, no podrán obtener o renovar el carnet de conducir hasta pasados 10 años desde que se certifique que la enfermedad se ha superado.

Desde Automoción Toledo os recordamos que si sufres algunas de estas enfermedades tendrás que presentar en Tráfico un informe favorable del médico especialista que te esté tratando.

Lee este artículo y evita estos riesgos en tus viajes de verano.