Hay muchas normas que son olvidadas por los conductores pero el reglamento de circulación y otros decretos han modificado una serie de obligaciones que nos afectan a todos. En Talleres Bonachera te refrescamos 7 normas que debes tener en cuenta:
- Chaleco reflectante: este elemento debe ir en el vehículo y debe usarse como indica el artículo 18 reglamento de circulación que dice: “los conductores de turismos […] deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad […], que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas”. No hacerlo supone una multa de 200 euros.
- Triángulo de emergencia: un elemento imprescindible y no disponer del triángulo homologado de señalización de peligro tiene una sanción de 200 euros, a no ser que uses las luces V-16. Debes llevar dos triángulos por si hace falta usarlos en carreteras de doble sentido, delante y detrás del coche.
- La pegatina de la ITV: este elemento puede causar un disgusto y una sanción de hasta 100 euros. El artículo 11 del Real Decreto 224/2008 indica que: “los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección”.
- Rueda de repuesto: el Anexo XII del reglamento de circulación (Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos) indica la obligatoriedad de llevar ”una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo”. De lo contrario, la multa es de 200 euros.
- Gafas de repuesto: no es obligatorio pero es recomendable tenerlas dentro del coche. El Reglamento General de Conductores dice que los conductores deben usar correctores de visión (ya sean gafas o lentes de contacto) si las necesitan, y sobre todo si en tu carnet de conducir aparece reflejada en el reverso del permiso como código 01 para las gafas y 02 para lentes de contacto. El agente lo puede comprobar e incumplir esta norma establecida en el artículo 3 del reglamento se considera infracción grave y tiene una multa de 200 euros.
- Luces de repuesto: la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, suprimió la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, puesto que cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados y no por el usuario.
- Cadenas para la nieve: no es obligatorio llevarlas en el maletero pero sí a detener el coche si una señal o un agente indican que su uso es obligatorio y no las llevas. La multa por circular sin cadenas cuando es obligatorio es de 200 euros.
Estas son 7 normas que muchas veces son olvidadas por los conductores y en Talleres Bonachera os recomendamos tener en cuenta para evitar molestias y multas. Recuerda mantener tu coche a punto y pedir tu cita taller para dejar tu coche como nuevo.
Los documentos que necesitas presentar para pasar la ITV Leer aquí